Instalar baños públicos en grandes espacios verdes de la Ciudad (Ley 6107)

Se instalarán en parques cuya superficie tenga por lo menos tres hectáreas. Esto brinda una solución para los días que se lleven a cabo manifestaciones, recitales, festivales y otros actos en los que se suele aglomerar una gran cantidad de personas en la vía pública. Deberán contar con sistema braille el cual deberá disponerse en la señalética de las instalaciones y garantizar las condiciones de accesibilidad para aquellas personas con discapacidad y/o movilidad reducida. Se establecerá un horario de apertura y cierre. Por otro lado, se impedirá la desfiguración de la perspectiva del paisaje o perjuicios a la armonía paisajística o arquitectónica y también la preservación y protección de los edificios, conjuntos, entornos y paisajes.